LA EDUCACIÓN EN DERECHOS HUMANOS: UN DERECHO HUMANO
Abraham Magendzo K.
UAHC -Chile
2025
Este artículo plantea que la Educación en Derechos Humanos (EDH) es un derecho humano, originado, al igual que todos los derechos humanos,
“en la dignidad como persona y como miembro de la sociedad, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquiera índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”. ( Dudh, Art 26,2).
La EDH ha recorrido un importante y valioso camino y está presente en casi la totalidad de los países y continentes. En Latinoamérica, se vincula al movimiento de la educación popular, inspirado y orientado principalmente por Paulo Freire y al trabajo de algunas organizaciones de la sociedad civil (OSC) que se han abocado preferentemente a la defensa de los derechos humanos de grupos históricamente marginados y socialmente excluidos: mujeres,pueblos originarios, personas con discapacidad, personas con orientación sexual diversa, personas migrantes, jóvenes, etc. Todos los cuales han sido objeto de discriminaciones, intolerancias, prejuicios, estereotipos, exclusiones y marginaciones.
Ahora bien, la EDH ha experimentado un desarrollo significativo, tanto en los aspectos teóricos como aplicados. En efecto, a finales del siglo veinte y comienzos del veinte y uno la
EDH asumió un enfoque pedagógico centrado en la persona y sus derechos, la incorporación de habilidades como el pensamiento crítico y la colaboración para abordar desafíos globales, y la promoción de una participación responsable en la comunidad. Esto se traduce en el diseño de políticas educativas innovadoras, metodologías de enseñanza que fomentan la comunicación horizontal y la inclusión. Se propone la formación de ciudadanos capaces de vivir, trabajar y defender sus derechos y de los demás en un mundo en constante cambio y transformaciones.
Además, en lo que va del presente siglo se han realizado una serie de encuentros, seminarios y coloquios en donde se han presentado experiencias referidas a la EDH y se han
debatido posturas conceptuales y metodológicas diversas, se han publicado una serie de textos y artículos que recogen los resultados de las investigaciones y experiencias realizadas sobre la Edh en los diferentes países de la región y del mundo. En ellas han contribuido profesionales de ámbitos tanto académicos, como de las instituciones de la sociedad civil y ONG.
Asimismo, en la mayoría de los países se continúan elaborando manuales y materiales didácticos destinados preferentemente a ser usados en talleres de formación de educadores en derechos humanos, así como para el trabajo educativo en derechos humanos en las salas de clases.
Cabe consignar que en este periodo se han creado redes de educadores en derechos humanos tanto en cada uno de los países, así como a nivel regionales y mundial. Cabe mencionar, entre otras, la Red de Intercambio de Experiencias Educativas para Promover la Educación en Derechos Humanos (RIEEPEDH), la Red Derechos Humanos y Educación Superior (DHES), la Red Latinoamericana de la Oficina Regional de Educación de la Unesco, la Red Latinoamericana y Caribeña de Educación en Derechos Humanos (RedLaCEDH), la Red Internacional de Derechos Humanos en Europa (RIDHE), etc.
Es relevante establecer que, durante su desarrollo, la EDH en América Latina ha ido paulatinamente acuñando una serie de ideas-fuerza y configurando un cuerpo teórico que ha orientado la práctica educativa y los procesos de capacitación de educadores en derechos humanos. Entre estas ideas -fuerza hay que mencionar, a manera de ejemplo, las ideas-fuerza siguientes:
La EDH es una educación constructora de democracia. Se insiste en que sólo en un régimen democrático garante, vigilante y respetuoso de los derechos fundamentales de las personas es posible crear instancias que le den legitimidad a la EDH.
La EDH es una educación político-transformadora. Intenta formar personas comprometidas con la transformación de la sociedad, en una más justa e igualitaria y en que los derechos humanos sean parte integral de la cultura ciudadana.
La EDH es una educación ética-valórica. Una tendencia muy marcada es vincular la EDH con una serie de valores como la dignidad, la libertad, la igualdad, la solidaridad, el respeto al otro y otra, etc.
La EDH es una educación constructora de paz. Se considera a la paz como un derecho humano de síntesis, esencial para educar hacia una nueva ética de solidaridad y para la no- violencia directa, cultural y estructural.
La EDH es una educación constructora de sujetos de derechos. El sujeto de derechos se hace en el estar en el mundo, pero no como un ser pasivo sino como uno que reflexiona, siente y se expresa en y desde su propia subjetividad cotidiana, en el flujo de sus relaciones y en su contexto.
Ahora bien, cabe hacer notar que la EDH en su calidad de derecho humano asume las características que definen a todos los derechos humanos. En este sentido:
La EDH, así como todos los derechos, es un derecho inherente e intrínseco. Es decir, todas las personas tienen, por el hecho de nacer y ser propio a su naturaleza, el derecho de participar en la EDH. En otras palabras, una vez ubicada la EDH en una institución formal o informal, no se la puede denegar a nadie ,que desee disfrutar de este derecho.
La EDH, así como todos los derechos es un derecho irrenunciable Nadie puede renunciar a ella, ni siquiera por propia voluntad, y por eso mismo es también intransferibles. Esta característica refuerza a las anteriores. Vale decir, si una institución ciudadana formal o informal introduce y organiza un sistema de Edh nadie, juiciosamente , puede renunciar a participar en ella. Ni tampoco puede argumentar y señalar que ha transferido este derecho a, un familiar, amigo o colega.
La EDH, así como todos los derechos, es un derecho inalienable. Una vez que ha sido introducida en una institución, como resultado de un análisis y una discusión exhaustiva y meditada, nadie la puede suprimirla bajo ninguna circunstancia ni se puede privar de ella a ninguna persona. Si bien esta característica es compleja en relación con la EDH ya que en ocasiones, por motivos razonables puede ser eliminada .Por ejemplo, por falta de recursos financieros o personal especializado en EDH.
La EDH, así como todos los derechos, es un derecho universal. Esta característica es fundamental, y significa que todas las personas tienen los mismos derechos sin discriminación alguna y que se aplican a cualquier persona de cualquier parte del mundo. En efecto, la EDH ha postulado en su desarrollo la universalidad como principio rector, que se expresa en su presencia en casi la totalidad de los países y continentes, que ha creado redes nacionales e internacionales de EDH, que ha realizado conferencias, seminarios, coloquios y publicado libros y artículos que dan cuenta de diversas experiencias, actividades y resultados.
La EDH, así como todos los derechos, es un derecho interdependiente. La estrecha relación entre derechos o grupo de derechos también es clave, ya que el avance de uno favorece el progreso de los demás, mientras que la privación de uno perjudica al ejercicio del resto. El desarrollo integral de las personas es un todo., El derecho a la educación en derechos humanos no será efectivo si no se hacen vigente otros derechos. Por ejemplo: el derecho a la libertad de expresión, el derecho al diálogo y el debate, los derechos políticos, ,derechos económicos básicos, el derecho a la educación, a la salud, a la vivienda, a la paz, etc. Por su parte el derecho a la EDH favorece una serie de otros derechos: el derecho a la educación, el derecho a una convivencia pacífica, el derecho al desarrollo, el derecho al reconocimiento del otro como legítimo otro, etc.
La EDH, así como todos los derechos, es un derecho indivisible. En este sentido, una vez creada en una institución merece la misma atención y tiene la misma vigencia que otros derechos. Ni se puede prescindir de ella, ni se puede disfrutar a costa de otro derecho, porque se encuentra unida y forman parte de un todo, de una misma construcción. No hay, pues, separación ni jerarquía entre el derecho a la EDH, y los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Nuestra idea y propuesta central es que la EDH, en su calidad de derecho humano , debe tener el mismo valor, estatus, vigencia e importancia que todos los otros derechos.
La EDH, así como todos los humanos es un derecho imprescriptible. Es decir, no expira, no tiene fecha de caducidad una vez que ha sido incorporada a una institución formal o informal. En este sentido, es recomendable diseñar una estrategia que asegure que la EDH perdure y no sea suprimida. Así por ejemplo, si se ha establecido en una junta de vecino o en una comunidad local una práctica de EDH, con el concurso y participación de sus miembros, es importante que estos estén a menudo conversando al respecto, analizando los avances y obstáculos, todo lo cual contribuye a que subsista y permanezca.
La EDH, así como todos los humanos es un derecho inderogable. Aunque esta característica admite matices. Algunas normas internacionales, regionales o nacionales de derechos humanos contemplan la posibilidad de que esa inderogabilidad no afecte por igual a todos los derechos y legitiman a los Estados para que, de forma excepcional, puedan derogar algunos. En todo caso, hay un grupo de derechos que deben ser respetados siempre, sin excepción, como el derecho a la vida; a no ser esclavizado o a no ser torturado; a no recibir tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes; y a la no discriminación por motivos de raza, religión, origen social o de cualquier otra índole. Pensamos, que la EDH una vez instalada y organizada, el ideal es que sea respetada y no derogada. Si bien ,en algunas ocasiones, por razones administrativas o económicas, cabría que sea interrogada.
La EDH, así como todos los humanos es un derecho progresivo. Es decir, que una vez conseguido un avance en su ejercicio y desenvolvimiento, ya no se podrá eliminar, limitar ni restringir posteriormente. Al contrario, se debe seguir progresando en su cumplimiento, porque la propia filosofía de los derechos humanos obliga a su constante mejoría y desarrollo. De hecho, la EDH se ha caracterizado por ir avanzado gradualmente, respondiendo a nuevas necesidades y desafíos.
A manera de conclusión
Se puede sustentar ,entonces, que al aseverar que la EDH es un Derecho Humano, se están asumiendo todas las características que definen a todos los derechos humanos ,ya sean civiles, políticos, económicos, sociales o culturales. Por supuesto, que esto compromete el pensar, el quehacer y el cometido de la educación en derechos humanos. Se seguirá actuando y operando como siempre ,pero necesariamente habrá que remitirse adicionalmente al sentido profundo y amplio que definen a todos los derechos humanos. Habrá necesidad de ubicar estrategias y métodos de aprendizaje propios y adecuados a la enseñanza de un derecho humano.
Conviene considerar métodos activos, dialógicos, innovadores, adaptados a las nuevas necesidades de las personas que concurren a una práctica de EDH. Es recomendable utilizar
métodos basado en el pensamiento reflexivo y crítico, más allá de la memorización. Por sobre todo, es importante aplicar métodos que apunten a resolver problemas creativamente y ampliar horizontes para las soluciones.
Referencias
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